Empresas con inflación y sin ajuste


Mientras el Gobierno argentino sigue sin aceptar que se refleje el impacto de la suba de precios en la información financiera y tributaria de las empresas, los profesionales advierten los riesgos. No sólo genera una marcada inequidad en la carga tributaria, sino que muchas firmas podrían estar descapitalizándose al distribuir dividendos sobre utilidades ficticias.




No es un tema nuevo, pero mientras más tiempo pasa, las distorsiones aumentan y la salida se torna más complicada. El efecto negativo de la inflación en la economía genera grandes inequidades, sobre todo, cuando desde las órbitas oficiales no se la quiere reconocer (ni permitir que lo hagan los particulares).
En concreto, la falta de ajuste por inflación en los balances de las empresas, ante subas de precios menores a un dígito anual distorsiona pero podría pasar. Pero, cuando los incrementos superan el 20, 30 o 40 por ciento anual la irrealidad se hace cada vez mayor y la información empresaria ya no representa lo que sucede.
En este escenario, las compañías se enfrentan ante dos problemas: la falta de los ajustes contable e impositivo. Este último es el más conocido y es por el cual la mayoría de las empresas se quejan, incluso en la justicia (ver La posición de la Corte... ) porque, en muchos casos (no todos) implica tributar más.
Sin embargo, el segundo no es un tema menor. Si un balance arroja ganancias ficticias y la firma decide distribuir dividendos, una parte de estos pueden ser utilidades pero es muy probable que otra parte sea capital.
Esto implica, entonces, una paulatina descapitalización de las empresas; si fueran firmas extranjeras, incluso podrían llegar a girar utilidades al exterior (en estos momentos, el cepo cambiario restringió esta posibilidad) que, en realidad, generan una desinversión en el país.
Esto hace que no demasiadas empresas se vean tentadas a ajustar por inflación sus estados contables. Para muchos accionistas y también para muchos directivos no es agradable mostrar balances con pérdidas.
Pero la descapitalización tampoco es buena para la economía. “Planteamos al Gobierno que en estos niveles de inflación se corre el riesgo de distribuir utilidades ficticias y disminuir el capital”, explica José Simonella, presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) de Córdoba.
La Federación nacional y los titulares de los 24 Consejos firmaron y presentaron al Gobierno un documento para pedir la derogación del decreto que impide el ajuste.
Efectos del valor histórico
Si bien las normas contables las dicta la profesión (ver Contadores piden... ) mientras que las impositivas son exigidas por el Estado, es difícil que ambas cuestiones vayan por carriles muy distintos.
La situación hoy es que el Gobierno nacional decidió por un decreto de 2003 (el que hoy se pide derogar) que ningún organismo público puede recibir balances reexpresados en moneda homogénea (o sea, que incluyan el impacto inflacionario).
De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), a los fines del cálculo tributario; el Banco Central, para bancos; la Comisión Nacional de Valores (CNV), para empresas cotizantes; el Instituto Nacional de Asociativismo Social (Inaes), para cooperativas y mutuales; entre otros sólo pueden receptar información a valor histórico (en pesos corrientes).
Así, el problema es que, si la profesión contable decidiera aplicar normas para ajustar balances se estaría frente a dos juegos de información, una real para la empresa y otra, ficticia, que se presenta a los entes públicos o con la cual se calculan los impuestos.
“Los estados contables hoy, con una inflación del 40 por ciento anual, no representan absolutamente nada; no reflejan la realidad. Esto lleva a cuestionarse para qué sirve la información contable”, opina Flavia Melzi, ex vicepresidenta del CPCE de Capital Federal.
En el ámbito tributario, en tanto, Simonella resalta que, más allá de que muchos contribuyentes paguen más impuestos, el principal problema es la inequidad. “No aplicar el ajuste implica, fundamentalmente, una distorsión desde el punto de vista impositivo. Aquellas empresas que tienen más activos que pasivos monetarios, tributan más que lo debido; pero quienes tienen más pasivos monetarios que activos monetarios, pagan menos”, advierte.
El no reconocimiento de la pérdida de poder adquisitivo por el impacto inflacionario hace pagar impuestos sobre rentas ficticias o, en aquellos que tienen quebrantos, en ciertos casos evitar pagar tributos”, dice Melzi.
Simonella agrega que hay un “preconcepto de que el ajuste tributario implica pagar menos impuestos, pero esto no es así. Por eso, no todas las empresas piden el ajuste”.
“El Gobierno cree que permitir el ajuste por inflación contable lo perjudica para justificar el no ajuste impositivo, pero la experiencia de otros países muestra que son carriles separados”, opinó Jorge Gil, titular de uno de los cuerpos técnicos de la Federación en el reciente 20º Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas que se desarrolló la semana pasada en Salta.
La tributarista salteña Hermosinda Egüez acotó que esta situación “impacta injustamente en la distribución de la carga tributaria y genera más propensión a la mora y la evasión”.
Caminos a seguir
Para este año y el próximo es difícil que el Estado acepte reexpresar los balances e incorpore (aunque sea en parte) el impacto inflacionario para que la información refleje el real poder adquisitivo de la moneda.
Es que, una inflación superior al 30 o 40 por ciento (según la estimación que se tome) generaría un impacto sobre todo en sentido negativo en los balances y, por ende, en el pago de impuestos. Esta semana se conoció que la recaudación del Impuesto a las Ganancias creció más de 40 por ciento interanual en los primeros 10 meses de 2014, pese a que este fue un año de estancamiento y recesión de la actividad económica.
Pero, si en el futuro se decide empezar a aplicar el ajuste se generarían, al menos, dos inconvenientes.
El primero, qué indicador aplicar. Es difícil utilizar para esto índices no oficiales y los del Indec siguen sin ser creíbles (índice mayorista y del consumidor).
El segundo tema es qué hacer para atrás, porque corregir balances de hace varios años podría implicar que algunas empresas terminarían en la quiebra, sin ningún capital.
“Cuando uno no quiere reconocer algo y es de corto plazo y enseguida aplica una solución, puede pasar. Pero si se extiende en el tiempo y no hay visos de solución, lo único que se hace es aumentar las distorsiones, las inequidades y las tensiones”, subraya Simonella.
Las normas
Decreto 664/03. Desde el 20 de marzo de 2003, prohíbe a los organismos públicos recibir balances ajustados por inflación.
Ley de Sociedades Comerciales. Artículo 62 (vigente): “Los estados contables... deberán confeccionarse en moneda constante”.
Resolución técnica 39 (FACPCE). Cuando hay estabilidad, la moneda homogénea es la nominal. En inflación, los balances se expresan en la moneda que mantiene el poder adquisitivo. Hay contexto de inflación cuando la tasa acumulada en tres años supera el 100%.
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El texto original de este artículo fue publicado el 09/11/2014 en nuestra edición impresa. Ingrese a la edición digital para leerlo igual que en el papel.

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