Por Laura Ojeda
Flavia Melzi: Es un tema problemático. En realidad esto ya lleva dos años sin resolverse. Vos sabés que dentro de la liquidación del impuesto a las ganancias hay algunos conceptos que están integrados en el art. 23 que básicamente hablan del mínimo no imponible, la deducción especial y las cargas de familia que obviamente estos son montos que se deducen dentro de los ingresos como para liquidar cuanto es el gravamen. Y, el efecto de la erosión de los salarios por la inflación ha generado ajustes en los salarios que en realidad lo que representan es el mantenimiento de la capacidad de compra, capacidad de pago de esos salarios y no un incremento real. Una cosa es la jerarquización del empleado y otra cosa es la adecuación al sistema general de precios y esto no es “aumento”. Entonces todos estos ajustes que se han hecho en los salarios en estos últimos años vienen impactando fuertemente al no modificarse estos mínimos no imponibles, deducción especial y carga de familia que sería un poco el piso sobre el cual el contribuyente trabajador va a pagar. Al no ajustase esto, obviamente genera un impacto muy fuerte sobre el salario. Ya el año pasado, teníamos en deuda la incorporación de este ajuste o modificación de estos montos que se habían hecho por vía de decreto, incorporarlo en la ley. Y ya el año pasado nuestros legisladores no se ocuparon del tema y por eso la AFIP tuvo que salir con una Resolución que decía que se difería el efecto de no haberse integrado a la ley esta modificación. Pero pasó todo un año en el medio y tampoco ha pasado nada. Se presumía que se iba a votar conjuntamente con el presupuesto. Ahora en las extraordinarias se va a discutir el presupuesto y haceos votos para que esto se integre definitivamente en la ley y además se ajuste todo lo que ha venido pasando en este año y medio desde el último ajuste que se produjo. Porque los salarios se siguieron incrementando porque la inflación se fue incrementando.
Laura Ojeda: En materia impositiva, la verdad que es un punto en todos los gobiernos que es sumamente difícil porque del mismo modo que no se ha trabajado legislativamente en esto también en estos dos años han quedado atrasados los topes de monotributo.
Flavia Melzi: Absolutamente, ya llevamos como dos años.
Laura Ojeda: Y sabemos que por supuesto que los trabajadores monotributistas a la hora de facturar...
Flavia Melzi: Sin duda van saltando de escala pero no van saltando de escala porque tengan incrementos reales de sus ingresos sino por el efecto inflacionario. El tema es empezar a sincerar el tema de la inflación porque de hecho, la ley de impuesto a las ganancias trae un artículo, que es el Art. 25, que habla del ajuste de todos estos guarismos por un índice inflacionario. Lo que pasa es que no se reconoce que hay inflación, entonces no se puede usar el mecanismo legal porque no hay un índice de ajuste. Entonces, esta sería una buena forma de transparentar la situación, y aplicar lo que dice la ley sin necesidad de tener que estar discutiendo permanentemente si el PEN toma o no la decisión de incrementar las deducciones.
Laura Ojeda Ahora, ¿ La liquidación de ganancias cuando es que se hace ?
Flavia Melzi: en realidad, para el asalariado, que es en donde más impacta esto aunque también para el trabajador autónomo, va a ser para abril del año que viene porque los demás trabajadores distintos a los autónomos pagan por liquidación anual con lo que todavía hay un pequeño margen de esperanza de que esto se modifique. Para el trabajador en relación de dependencia, en el salario de diciembre que en muchos casos les va a absorber gran parte del aguinaldo por no tener repotenciados estos montos. Es de esperar que la AFIP si los legisladores no se ponen las pilas, por lo menos lo que fue el ajuste que habría que devolver ahora se vuelva a diferir por una norma reglamentaria. Pero no es lo esperable en un país razonable con instituciones que funcionan.
Laura Ojeda: Mientras escuchaba, si yo no recuerdo mal, todos los temas tributarios tienen que ser modificados en el Congreso. El tema de os DNU…
Flavia Melzi: Sin duda. Tienen que ser refrendados por el Poder legislativo.
Laura Ojeda: Exactamente, por eso no se puede modificar un impuesto por un Decreto de Necesidad y Urgencia.
Flavia Melzi: De ninguna manera. Lo que pasa es que cuando juega a favor del bolsillo del trabajador, en general no hay nadie que levante la bandera de que es inconstitucional. Pero sin ninguna duda, lo es. Por un lado o para el otro.
Laura Ojeda: Qué es de esperar que suceda cuando…
Flavia Melzi: es de esperar que en la extraordinaria por lo menos se incorporen a Ley de Presupuesto ya que queremos terminar el año con el presupuesto aprobado y que dentro de esto se incorpore la modificación por lo menos de lo que ya se traía. Transformar en ley lo que ya se traía para que encima no haya que devolver lo que no se pagó de impuesto considerando las deducciones que salieron por decreto. Y también sería esperable que este fin de año se aumentarán los montos. Pero esto lo veo mucho menos viable todavía. Hay reclamos de la CGT pero no hay ninguna respuesta oficial al respecto.
Laura Ojeda: Claro, incluso creo que incluso hubo alguna manifestación en que por lo menos no se iba a tratar. a tocar, con lo cual quedaría para el año próximo.
Flavia Melzi: Y, esperemos que sí. Porque sino en cada aumento que eleve o potencie el salario para acompañar la inflación, una porción de esa repotenciación se la lleva el fisco.
Laura Ojeda: Flavia, para aprovechar que te tenemos en línea. ¿ Qué se puede esperar en materia impositiva en estos próximos cuatro años de gestión ?
Flavia Melzi: Todavía es muy prematuro saberlo porque todavía no hay ni siquiera un gabinete que tengamos en conocimiento. Lo que sí te puedo decir es que hoy justamente en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, hubo un almuerzo con la presentación del libro “Reforma Tributaria” que hemos elaborado en una Comisión de Reforma de las distintas áreas que toda todos los impuestos en particular, tributos provinciales, coparticipación, y régimen penal tributario además de todas las normas procesales. De modo que esto por lo menos va a ser un aporte nuestro, de la profesión a los legisladores y a todos los ámbitos y órganos que puedan tomar decisiones al respecto. Por lo menos para colaborar o empezar a poner en la agenda algunos temas que son esenciales. Después, el año que viene veremos como vienen las lógicas y las agendas de la legislatura y esperemos que algunas modificaciones se puedan ir logrando. No integrales, pero por lo menos algunos retoques necesarios para que la gente pueda vivir mejor.
Laura Ojeda: vos sabés que entre la danza de nombres que se escuchan sobre posibles cambios del nuevo gabinete, figura la posibilidad de que el actual Secretario de Comercio del Interior, Guillermo Moreno, pase a la órbita de la AFIP. Dicen algunas versiones…
Flavia Melzi: Si, estos son comentarios. Yo no creo que sea por lo menos en el cortísimo plazo porque lo de Echegaray es una suerte de período en el que está nombrado y tampoco hay conflictos en este momento, en esta coyuntura actual como para que exista un cambio como este. Son versiones. Hasta que no lo vea plasmado en las juras de cada cargo, sigo pensando que son versiones.
Laura Ojeda: Y hablabas de temas esenciales que aporta el libro que hoy presentan. Si vos dirías, tres medidas en materia impositiva que hay que tomar en la gestión que se inicia el 10 de diciembre.
Flavia Melzi: La primera y la de gran impacto es la más urgente, la reforma de la Ley Penal Tributaria que de hecho están por perder estado parlamentario todos los proyectos que tenemos hoy en danza, algunos –a mi juicio – con problemas conceptuales groseros como incorporar La Ley Penal Tributaria al Régimen de las Provincias que desde el punto de vista procesal va a ser muy complejo si esto se plasma en una ley y además sobre todo elevar los topes de la penal tributaria. Este era $ 100.000 (cien mil pesos) cuando cien mil pesos era cien mil dólares en el uno a uno. Hoy la condición objetiva de punibilidad sigue siendo cien mil pesos que hoy son aproximadamente veinte mil dólares o no llega a veinticinco mil dólares. Y condenar a un sujeto por veinticinco mil dólares de evasión cuando en realidad ni siquiera se proporciona esto con un porcentaje sobre su operatoria, pudiendo tener veinte millones de facturación, por veinticinco mil dólares que puede parecer insignificante, se termina teniendo un proceso penal. Entonces este tipo de cosas son irracionales y lo que hacen es abultar la generación de expedientes que terminan no resolviéndose por sentencia firme y este es un tema que creo uno de los más urgente.
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