Se trata del ex Impuesto a la Riqueza, actualmente rebautizado Bienes Personales. Deben pagarlo aquellos con activos mayores a los $ 305.000, algo así como un departamento y un auto chicos.

Siendo la versión impresa, el contenido no se encuentra publicado en la web. Copio a continuación la parte pertinente comprometiéndome a conseguir en formato digital la nota completa realizada por Ismael Bermúdez (ibermudez@clarin.com)
"La abogada y contadora Flavia Melzi platea que el monto mínimo de este impuesto fue fijado en $ 305.000 en diciembre de 2007 y desde entonces, a pesar de la inflación de los útlimos tres años, no se actualizó. Y esto afectas sensiblemente los bolsillos de los contribuyentes. Tanto más si se considera que el impuesto antes de esa fecha gravaba solamente los excedentes del entonces mínimo no imponible ($102.000) mientras que en la versión vigente somete al gravamen la totalidad de los activos del contribuyente, aún cuando sólo se supere en un peso el piso de $305.000. Así las cosas, de modo alguno puede afirmarse que este monto, apenas cercano a los u$s75.000 sea realmente una exteriorización de "riqueza" dice Melzi.
Esta situación se agrava por el mecanismo de valuación de los bienes que puede generar importantes distorsiones entre contribuyentes de igual capacidad contributiva. Es el caso de los inmuebles, que se valúan por su valor de adquisición actualizado neto de amortizaciones o el valor fiscal, el que resultare mayor. "Considerando que las valuaciones fiscales se encuentran retrasadas (tanto así que han llevado en la Ciudad de Buenos ha crear el "Valor Inmobiliario de Referencia" como base para determinar el impuesto de sellos), da lugar a que dos contribuyentes propietarios de dos inmuebles idénticos podrán tener valuaciones sustancialmente diferentes según el momento en que los bienes se hubieran incorporado al patrimonio, pudiendo uno estar fuera del impuesto y el otro tributar", sostiene Melzi. Y agrega: "Si se aplicara al mínimo del impuesto el mismo mecanismo de ajuste que el utilizado periódicamente para calcular las cuotas que deben abonar los trabajadores autónomos al régimen previsional, que desde diciembre del 2007 (fecha de modificación del piso del Impuesto a los Bienes Personales) hasta nuestros días se incrementó en un 78%, estaríamos en el orden de los $ 543.000, monto que si bien tampoco es un verdadero exteriorizador de riqueza ya que no llega a u$s133.000, al menos resultaría equitativo".
http://www.ieco.clarin.com/economia/impuesto-riqueza-afecta-pobres_0_228000001.html
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