Es cierto que la equidad distributiva exige que todos debemos contribuir con el financiamiento del gasto público, presupuesto que debe involucrar también a los magistrados. 

Pero no es menos cierto que la aplicación de un impuesto debe sopesarse con la intangibilidad del salario. Por esta razón, para que el ingreso que hoy percibe un Juez se mantenga incólume, su aplicación no debiera generar sobre éste una lesión o menoscabo, exigencia que sólo se lograría incrementando los salarios sujetos a impuesto, para que luego de aplicado el gravamen, el salario de bolsillo no se viera alterado, en ese primer momento en que se comienza a tributar.

Y éste es el verdadero problema. ¿Quién debe soportar ese incremento salarial?.

Quienes postulan la gravabilidad de los salarios de los magistrados (planteo que en esencia y filosóficamente comparto como principio) deben también estudiar el impacto que una medida de esta naturaleza generaría. Pues si se trata de magistrados del Poder Judicial Nacional, cuyos salarios son oblados por la Nación, el impacto será equilibrado, ya que el Estado Nacional percibiría el Impuesto a las Ganancias retenido, y a su vez se obligaría a soportar el incremento de los salarios brutos. 


Pero no ocurrirá lo mismo cuando los magistrados revistaran en el Poder Judicial de las diversas provincias o la Ciudad de Buenos Aires, ya que estos Estados Subnacionales deberían soportar con sus arcas el incremento de salarios, generando una transferencia de recursos hacia el Estado Nacional, que es el que percibiría lo recaudado por el Impuesto. Y este ahuecamiento de los recursos provinciales resulta palmariamente inadmisible.


Por ello, más allá de las declamaciones públicas, cargadas tal vez de de cierto encono hacia el Poder Judicial, debe actuarse con prudencia, evitando profundizar las crisis de financiamiento que hoy presentan, en mayor o menor medida, las jurisdicciones locales.

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