Declaración sobre ventas, alquileres y energía.
Buscan ajustar los mecanismos para detectar posibles casos de evasión fiscal. Las nuevas medidas comienzan a regir el mes próximo. Más del 10% de monotributistas deberá cumplir con la exigencia.
A partir de septiembre más de 200.000 monotributistas inscriptos en las categorías más altas de ese régimen deberán presentar una declaración informativa cuatrimestral ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre consumo de energía, ventas, facturas emitidas, alquiler y datos profesionales.
Con ese documento el fisco proyecta ajustar sus controles para detectar casos de “enanismo fiscal”. Vale recordar que la AFIP considera en esos términos a quienes tributan en una categoría menor que la que deberían.
Tal declaración será obligatoria para todos los monotributistas empleadores y también para quienes revisten en las categorías desde la “F” (ingresos brutos anuales hasta $96.000) a la “L” (300.000 pesos). Esos datos deberán ser remitidos por el interesado, ingresando –con su clave fiscal– a la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar).
El plazo de presentación será hasta el último día hábil del mes siguiente al cierre de cada cuatrimestre.
Anoche, la doctora Flavia Melzi, experta en materia tributaria, fue consultada por este medio sobre la nueva exigencia fiscal. Allí consideró que la AFiP “suma herramientas contra el ‘enanismo’ fiscal. Buscan información relevante para el encuadre de los contribuyentes en las diversas categorías, o su eventual exclusión del monotributo. La experta recordó que las verificaciones sobre el pago de cuotas en colegios privados y el sistema de factura electrónica apuntan a esa meta. “Si alguien no desea presentar toda esta información, tiene la opción de acceder al régimen general, con las exigencias que ello implica”, aclaró Melzi.
Ahora, el 10% de los monotributistas deberán consignar el total de ventas del cuatrimestre, precisando las facturas emitidas durante ese lapso, los montos de las compras efectuadas con identificación de los cinco principales proveedores y los cinco clientes más importantes.
Además, los contribuyentes de este universo deberán aclarar en su declaración si son propietarios o alquilan el inmueble donde desarrollan su actividad. Si se trata de inquilinos, aportarán el CUIT del propietario, la vigencia del contrato y, si correspondiera, el monto de los alquileres devengados.
Para cruzar la mayor cantidad de registros posibles en sus controles el fisco exige saber qué consumo de energía tienen los contribuyentes. La declaración incluirá la cantidad de kilowatts consumidos, el CUIT del titular de la factura de energía y el nombre de la prestadora. Con respecto a los profesionales adheridos al monotributo, la norma exige el CUIT del consejo profesional o colegio donde se encuentren matriculados y la fecha de inscripción o de emisión de sus títulos. Los transportistas, por su parte, deberán declarar si son propietarios del vehículo o si lo alquilan, el dominio, datos y características del seguro, además del número de póliza contratada.
Fuente: El Argentino, por Luis Autalan. Para ver la nota original, hacé click aquí.
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